Nif c3

Nif d gy iruing56 1 110R5pR 17, 2011 pagcs Preguntas NIF C2. -lnversión en Instrumentos Financieros Negociables. 1 Cual es el objetivo de la NIF C2 Instrumentos Financieros El objetivo del presente Boletín es establecer las reglas generales de valuación, presentación y revelaclón en la información financiera que deben seguir los emisores de o inversionistas en instrumentos financieros. 2. – Cual es el alcance de la NIF C2 Instrumentos Financieros El alcance del presente Boletín es el siguiente: a. Definir los conceptos y elementos relativos a instrumentos inancieros. . Establecer las reglas enerales de valuación de los activos financieros y pasivos instrumento financie c. Señalar las condici compensar activos fi d. Establecer las regl ors to View nut*ge e cualquier tipo de plirse para cieros. elación de los instrumentos financieros de la información financiera. 3 No es objeto de este boletín, el tratamiento de: a. Las cuentas y los documentos por cobrar y/o pagar provenientes de las actividades comerciales de las entidades, las cuales se tratan conforme a lo señalado en el Boletín C-3, Cuentas por Cobrar y el

Boletín C-9, Pasivos. b. La inversión en acciones subsidiarias, asociadas y otras inversiones permanentes en acciones, según se definen en el Boletín B-8,

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Estados financieros consolidados y combinados y valuación de inversiones permanentes en acciones. c. Las obligaciones laborale Swlpe to vlew nexr page laborales de los patrones y las derivadas de planes para beneficios de cualquier tipo posteriores al empleo, incluyendo beneficios por retiro según se describe en el Boletín D-3 Obligaciones Laborales. . Las obligaciones de los patrones derivadas de planes de opción e acciones otorgados a los empleados y planes de compra de acciones. e. Las obligaciones que se originan por contratos de seguros tal como se explica en el párrafo 5. f. Participación en el capital contable de negocios conjuntos, según se definen en la Norma Internacional de Contabilidad NIC-31, Informes financieros de los intereses en negocios conjuntos. g.

Derechos y obligaciones derivados de los contratos de arrendamiento financiero y de arrendamiento operativo, tal como se definen y regulan en el Boletín D-5 Arrendamientos. h. Derechos y obligaciones derivados de contratos de compraventa y suministro de activos físicos tales como inventarios, inmuebles, maquinaria y equipo, así como de activos intangibles y pagos anticipados relacionados con patentes y marcas, publicidad, comisiones, etc. iempre y cuando no den orlgen a reclbir un activo financiero, según se define en el párrafo para propósitos de lo establecido en el inciso e) párrafo anterior, los contratos de seguros a excluir del alcance de este Boletín, se definen como contratos que protegen al asegurado de y xponen al asegurador a riesgos identificados de pérdidas por sucesos o circunstancias que ocurran o se descubran en un periodo establecido como por ejemplo: la muerte, enfermedad, incapacidad, daño a la propied establecido como por ejemplo: la muerte, enfermedad, incapacidad, daño a la propiedad, lesiones a terceros e interrupción del negocio.

Sin embargo, las reglas de este Boletín si se aplican a aquellos instrumentos financieros que adoptan la forma de contrato de seguros y se utilizan fundamentalmente para administrar el riesgo según se define en el párrafo 29. Las reglas de los boletines de la serie C sobre partidas específicas del balance general y las del Boletín g-10 Reconocimiento de los efectos de la inflación en la información financiera, prevalecen y en su caso, las partidas relativas deberán complementarse en su tratamiento de valuación, presentación y revelación con lo indicado en este Boletín.

Aunque con base en los incisos b) y f) del párrafo 4, esta norma no se aplica a la inversión de una empresa en subsidiarias o a la participación en negocios conjuntos, si se aplica a todos los nstrumentos financieros incluidos en los estados financieros consolidados sin importar si dichos instrumentos son poseídos o emitidos por la tenedora o una subsidiaria. 3. Defina los siguientes términos de acurdo a la NIF C2 Instrumentos Financieros Negociables: Activo financiero a. Efectivo. b. Un derecho contractual para recibir de otra entidad efectivo u otro activo financiero. c. Un derecho contractual para intercambiar instrumentos financieros con otra entidad que fundadamente se espera darán beneficios futuros. d. Un instrumento de capital de otra entidad. 31_1f3