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Nif d gy iruing56 1 110R5pR 17, 2011 pagcs Preguntas NIF C2. -lnversión en Instrumentos Financieros Negociables. 1 Cual es el objetivo de la NIF C2 Instrumentos Financieros El objetivo del presente Boletín es establecer las reglas generales de valuación, presentación y revelaclón en la información financiera que deben seguir los emisores de o inversionistas en instrumentos financieros. 2. – Cual es el alcance de la NIF C2 Instrumentos Financieros El alcance del presente Boletín es el siguiente: a. Definir los conceptos y elementos relativos a instrumentos inancieros. . Establecer las reglas enerales de valuación de los activos financieros y pasivos instrumento financie c. Señalar las condici compensar activos fi d. Establecer las regl ors to View nut*ge e cualquier tipo de plirse para cieros. elación de los instrumentos financieros de la información financiera. 3 No es objeto de este boletín, el tratamiento de: a. Las cuentas y los documentos por cobrar y/o pagar provenientes de las actividades comerciales de las entidades, las cuales se tratan conforme a lo señalado en el Boletín C-3, Cuentas por Cobrar y el
Boletín C-9, Pasivos. b. La inversión en acciones subsidiarias, asociadas y otras inversiones permanentes en acciones, según se definen en el Boletín B-8,
Derechos y obligaciones derivados de los contratos de arrendamiento financiero y de arrendamiento operativo, tal como se definen y regulan en el Boletín D-5 Arrendamientos. h. Derechos y obligaciones derivados de contratos de compraventa y suministro de activos físicos tales como inventarios, inmuebles, maquinaria y equipo, así como de activos intangibles y pagos anticipados relacionados con patentes y marcas, publicidad, comisiones, etc. iempre y cuando no den orlgen a reclbir un activo financiero, según se define en el párrafo para propósitos de lo establecido en el inciso e) párrafo anterior, los contratos de seguros a excluir del alcance de este Boletín, se definen como contratos que protegen al asegurado de y xponen al asegurador a riesgos identificados de pérdidas por sucesos o circunstancias que ocurran o se descubran en un periodo establecido como por ejemplo: la muerte, enfermedad, incapacidad, daño a la propied establecido como por ejemplo: la muerte, enfermedad, incapacidad, daño a la propiedad, lesiones a terceros e interrupción del negocio.
Sin embargo, las reglas de este Boletín si se aplican a aquellos instrumentos financieros que adoptan la forma de contrato de seguros y se utilizan fundamentalmente para administrar el riesgo según se define en el párrafo 29. Las reglas de los boletines de la serie C sobre partidas específicas del balance general y las del Boletín g-10 Reconocimiento de los efectos de la inflación en la información financiera, prevalecen y en su caso, las partidas relativas deberán complementarse en su tratamiento de valuación, presentación y revelación con lo indicado en este Boletín.
Aunque con base en los incisos b) y f) del párrafo 4, esta norma no se aplica a la inversión de una empresa en subsidiarias o a la participación en negocios conjuntos, si se aplica a todos los nstrumentos financieros incluidos en los estados financieros consolidados sin importar si dichos instrumentos son poseídos o emitidos por la tenedora o una subsidiaria. 3. Defina los siguientes términos de acurdo a la NIF C2 Instrumentos Financieros Negociables: Activo financiero a. Efectivo. b. Un derecho contractual para recibir de otra entidad efectivo u otro activo financiero. c. Un derecho contractual para intercambiar instrumentos financieros con otra entidad que fundadamente se espera darán beneficios futuros. d. Un instrumento de capital de otra entidad. 31_1f3