Derechos humanos y seguridad interior en america latina
DERECHOS HUMANOS Y SEGURIDAD INTERIOR EN AMERICA LATINA por Mauricio Rubio* Trabajo preparado para el Seminario «Relaciones Cívico Militares en América Latina: una mirada al siglo XXI» Observatorio de Seguridad y Defensa en América Latina Instituto Universitario Ortega y Gasset Madrid, Junio 27-29, 2001 En este trabajo se analizan los dilemas relacionados con el frági equilibrio que requie interior y, simultánea humanos en América humanos relevante p específico de las gara n tin ner la seguridad orao ger los derechos los derechos al entorno deben acatar en la investigación y juicio de los sospechosos de atentar contra la eguridad interior. El trabajo está dividido en tres secciones. En la primera se busca enmarcar el tema de los derechos humanos en el contexto de las que se pueden considerar las visiones predominantes sobre la seguridad interior en América Latina. En la segunda sección se analizan las limitaciones de estos enfoques para captar algunos de los rasgos más distintivos de la realidad latinoamericana. En la tercera sección se plantean dos interrogantes básicos para abordar el problema de los Derechos Humanos en la región (1). 1.
LAS VISIONES DISPONIBLES El análisis de la seguridad interior (SI) y de los derechos humanos DDHH) se ha abordado
En el Diagrama 1 se resume lo que se puede considerar el modelo ortodoxo de la respuesta que, a través del sistema penal de justicia, da el Estado moderno a los atentados contra la seguridad interior. DIAGRAMA 1 [pic] En la parte superior se representan las instituciones del Estado, agrupadas en dos grandes ramas. el Estado que suministra bienes y servicios, o sea el que hace gasto público (Egp) y, por otro lado, el Estado encargado de hacer cumplir la ley, el Estado coercitivo, que está a cargo de la justicia penal (Ejp). Esta bifurcación del Estado es pertinente para el análisis puesto que tanto el derecho omo las distintas disciplinas preocupadas con la seguridad interior reconocen la necesidad de enmarcar la función penal en un contexto más amplio que tenga en cuenta la prevención no penal.
En la parte inferior se incluyen la figura del transgresor, o criminal (Cr) y la víctima Se han representado también lo que de forma amplia pueden llamarse las condiciones económicas y sociales (CES) que de distinta manera pueden afectar la decisión del transgresor, y que, a su vez, pueden verse alteradas por la respues 2 OF pueden afectar la decisión del transgresor, y que, a su vez, ueden verse alteradas por la respuesta global del Estado ante los ataques criminales. Bajo este esquema, la secuencia de acciones relevante para el análisis sería la siguiente: ante un ataque, del criminal a la víctima, ésta denuncia el incidente a las autoridades (2). El registro de este incidente es la base de la información que recibe el Estado sobre la situación de seguridad interior.
Es la información previa de este tipo, en forma conjunta con las teorías, ideas y creencias que existen sobre las causas de la inseguridad en esa sociedad, lo que determina tanto el gasto público, preventivo y penal, como as prioridades de la politica criminal. Con base en lo anterior, las dos ramas del Estado responden buscando evitar que se repitan ataques como el que produjo la denuncia Bajo este esquema, el problema de los Derechos Humanos tiene que ver, ante todo, con el respeto de los derechos del acusado o sospechoso a lo largo del proceso con el cual se busca establecer su responsabilidad y aplicarle la sanción prevista en la ley. Puesto que el derecho a castigar está reservado al Estado, de la facultad de ejercer este monopolio se derivan ciertas responsabilidades.
En primer lugar, SI el Estado prohibe la venganza privada asume ecesariamente el deber de proteger a los ciudadanos. La monopolización de la coerción y el castigo en cabeza del Estado tiene dos consecuencias. Por una parte, reduce la capacidad de auto defenderse de los ciudadanos, de donde surge la responsabilidad de garantizar su seguridad. Por otra parte, implica ciertos riesgos para quien, siendo inocente, cae 3 OF de garantizar su seguridad. Por otra parte, implica ciertos riesgos para quien, siendo inocente, cae bajo sospecha. Por esta última razón surge «la necesidad de erigir barreras contra la posibilidad de abuso del poder estatal» (4).
El grueso de los debates sobre la respuesta que da, o que debe dar, el Estado para garantizar la seguridad interior tienen que ver fundamentalmente con la dosificación entre gasto público y penalización y, dentro de esta última, con la importancia que se le asigne a cada una de las funciones de la respuesta del sistema penal. Una visón simplificada del esquema ortodoxo se presenta en el Diagrama 2. DIAGRAMA 2 [PiC] Así, un Estado respetuoso de los DDHH debe tener en cuenta, y armonizar, dos tendencias opuestas entre sí. La primera, derivada del deber de proteger a los ciudadanos, es la necesidad e actuar de manera enérgica frente al posible infractor. La segunda, relacionada con la garant(a de la libertad y dignidad de los individuos, exige moderación, porque puede tratarse de un inocente.
En particular, para América Latina se ha señalado como una violación recurrente de los DDHH las incompatibilidades entre algunas exigencias procesales, como la prisión preventiva, y ciertos principios penales, elevados incluso a la categoría de derechos constitucionales, como la presunción de inocencia (5). En este modelo ortodoxo, el papel que juega la víctima se reduce suponer que denuncia el incidente ante las autondades. La teoría, y los DDHH, se han concentrado en la relación del Estado con el infractor. Dentro de este sistema se supone por lo general un alto grado de coordinación tanto entre los ac 4 OF Dentro de este sistema se supone por lo general un alto grado de coordinación tanto entre los actores que actúan dentro del sistema penal como de este en su conjunto con los lineamientos de la poltica crmlnal. LA VISION RADICAL Por su indudable influencia en el debate sobre SI y DDHH en América Latina, así como sobre la doctrina penal y la criminología e la región es pertinente introducir lo que se puede denominar el modelo radical, que en su versión más simple es el esquema propuesto por Michel Foucault y que se resume en el Diagrama DIAGRAMA 3 En el modelo radical, aparece un nuevo personaje, el rebelde (R) y, por otro lado, la sociedad se divide en dos clases, los capitalistas (VE), a quienes van dirigidos los ataques y los trabajadores (T) que canalizan la protesta socal a través de los rebeldes. Por otro lado, en este modelo, los capitalistas juegan un papel determinante en la definición de la poltica de seguridad interior. A diferencia de lo que ocurre en el modelo ortodoxo, existe un nuevo tipo de acción relevante, la del rebelde contra el Estado. Ante este ataque, la respuesta del Estado es la represión.
Tambien se reprime a los criminales, y eventualmente a los trabajadores, porque es necesario mantener el orden social impuesto por la lógica del capital, o porque existe el riesgo de que puedan convertlrse en rebeldes. Las teorías estructurales sobre los conflictos se han centrado en dos factores. Por un lado está el debate de si las variables politicas -como el tipo de anales de participación- 0 son más o menos importa terminantes participación- son más o menos importantes que los determinantes económicos. Por otro lado se analiza la cuestión de la intervención extranjera como catalizador de los conflictos También se han propuesto algunos esquemas micro analíticos para la figura del rebelde, que vale la pena mencionar.
Ha sido común postular que los delincuentes políticos se diferencian de los criminales comunes, no tanto en sus acciones, sino básicamente en sus intenciones. Se considera que los segundos están motivados por la satisfacción monetaria de intereses personales mientras a los primeros se les reconoce na motivación social y altruista y una actitud particular hacia la ley (7). Una consecuencia normativa de este enfoque del rebelde es la sugerencia de que sólo el criminal común debe ser penalizado y que al rebelde se le debe dar un tratamiento diferente: se debe buscar, ante todo, la negociación. Se considera que la penalización de las acciones de los rebeldes es, no sólo inoperante, sino que puede llegar a ser contraproducente(8). ajo este esquema, el problema de los Derechos Humanos se amplía a las acciones de represión por parte del Estado, no sólo contra los rebeldes sino contra sus bases de apoyo popular, como los ampesinos, los obreros, los sindicatos, o los estudiantes. En una versión modificada, o deteriorada, del modelo radical, y que se acerca bastante a la que ha predominado por varios años en América Latina, el aparato represivo del Estado se divide en una parte visible -legal y legítima- que se concentra en dar respuesta a los ataques criminales menores, y otra más oscura, ilegal e ilegitima, que por lo general se asocia con lo 6 0 criminales menores, y otra más oscura, ilegal e ilegítima, que por lo general se asocia con los militares y los semcios de inteligencia, y cuya función es la de la guerra sucia contra os rebeldes que no pueden ser controlados con los medios represivos tradicionales.
Un elemento que ha sido recurrente en los modelos de seguridad interna en América Latina en las últimas décadas ha sido el papel de la llamada Doctrina de la Seguridad Nacional promovida, en el contexto de la guerra fría, por los Estados Unidos para la lucha contra los insurgentes, que se caracteriza por la consideración del rebelde como un enemigo interno contra el cual se debe librar una guerra sin cuartel, muchas veces sin reparar en los medios. La aplicación de esta doctrina estarla detrás del desbordamiento del poder e los militares y de violaciones graves y masivas a los derechos humanos durante las décadas de los setenta y ochenta. Si a ese escenario se le agrega el fenómeno más reciente de la droga se llega al modelo radical deteriorado, que se puede argumentar es el predominante en aquellas sociedades en las que se ha dado presencia simultánea de guerrilla y drogas(9)y que se resume en el Diagrama 4.
DIAGRAMA 4 Bajo este último esquema, el mantenimiento de la seguridad interior se divide en tres grandes área que en principio se consideran inconexas: (i) el tradicional control contra la elincuencia común, (ii) los esfuerzos anti-droga y (iii) la guerra interna, o la negociación, con los grupos insurgentes. Los problemas más apremiantes de DDHH se sitúan en las actuaciones abiertamente ilegales de los organismos de seguridad del Estado, y en 0 sitúan en las actuaciones abiertamente ilegales de los organismos de seguridad del Estado, y en su eventual relación con grupos paramilitares, para llevar a cabo las tareas de guerra sucia que, en la lucha contra los rebeldes, no pueden ser ejecutadas bajo el marco legal. 2. LAS LIMITACIONES DE LOS MODELOS PREDOMINANTES Son varios los comentarios que se pueden hacer a las visiones predominantes de la seguridad interior en América Latina para enmarcar el debate sobre Derechos Humanos en la región.
Aunque no se puede desconocer que en varios momentos durante las últimas tres décadas la situacón de seguridad interna y DDHH de alguna sociedad latinoamericana pudo ser adecuadamente descrita por alguno de estos modelos, el comentario general es que en la actualidad la realidad es bastante menos nítida, más compleja y presenta algunos aspectos inusitados y a veces opuestos al diagnóstico tradicional. Las imitaciones a los esquemas disponibles se pueden agrupar en cuatro grandes rubros: (i) el papel idealizado del Estado, (ji) el diagnóstico sobre la criminalidad, (iii) el papel también idealizado de las victimas y (IV) los cambios en la influencia de la comunidad internacional. 2. 1. UNA VISION IDEALIZADA DEL SOBERANO Una característica común al modelo ortodoxo y a las dos versiones del modelo radical es que suponen que existe un soberano que, en últimas, conserva el monopolio de la fuerza, dirige y coordina la coerción y conserva la facultad de aplicar el castigo o la represión a su arbitrio.
No vale la pena elaborar una lista muy exhaustiva de argumentos que desafían esta noción de un Estado fuerte y represivo en una región 8 OF exhaustiva de argumentos que desafían esta noción de un Estado fuerte y represivo en una región en dónde en varias sociedades, textualmente, ni siquiera se tiene claridad sobre quien manda en las cárceles. Basta con transcribir algunas Cltas periodísticas para hacerse a una idea de la precariedad de la noción del Estado implícita en los modelos predominantes, y de la complejidad de la situación. I «Era el 22 de diciembre de 2000 y los tres jueces de circuito de Barbacoas (Nariño) apenas habían ldesempacado maletas en Cali, ciudad a la que habitualmente iban de vacaciones.
Ese día, la guerrilla de ‘las Farc les ordenó que se devolvieran pocas horas después del emplazamiento de la guerrilla y de ‘llegar a la municipalidad, los dos jueces fueron abordados por el jefe de uno de los frentes subversivos I que operan en Barbacoas. El mando insurgente fue claro en su orden: en 24 horas debían entregar las Illaves del despacho y sacar sus objetos personales e irse. A partir de ese d(a, en este municipio que ‘lleva tres años sin puesto de Policía, la justicia empezó a ser dministrada por la guerrilla de las I Farc. Ellos arreglan desde pleitos personales, cuestiones de herencias familiares, asesinatos, problemas I lde tierras y hasta casos de infidelidades de pareja» (10). A las 4 de la mañana, los comandos policiales se aproximaron a la cárcel La Picota de Bogotá a cumplir I lla orden del Presidente de la República: entrar y trasl Picota de Bogotá a cumplir I lla orden del Presidente de la República: entrar y trasladar a los cabecillas que lideran una guerra a ‘muerte entre ‘paras’ y guerrilleros y a un criminal que venia dirigiendo desde prisión el cartel de la I extorsión. Además, decomisar todo el armamento en poder de los reos. Pero los internos llamaron desde sus celulares a sus mujeres y les ordenaron dirigirse a las afueras del penal, en compah[a de sus hijos. Las I mujeres llegaron y terminaron enfrentadas a puños con agentes antimotines. Otras acostadas sobre la vía I para cortar el paso de las tanquetas policiales. Y otras más, encaramadas sobre los muros y las mallas I tratando de alcanzar el interior de la cárcel.
Y los niños utilizados como escudos humanos por sus madres Ipara hacer frente a los gases lacrimógenos de la Policía. Adentro, e escuchaban explosiones, ráfagas de lametralladoras y arengas de los reos que lideraban, vía celular, un levantamiento carcelario, que se lextendió a la Modelo y a la cárcel de Cúcuta. » (11) La visita que numerosas personas realizaban ayer a sus familiares internos en la Granja penal Canadá ‘(Guatemala), también conocida como El Infierno, fue alterada a las 12:45 horas, cuando un grupo de 78 ‘reos, en su mayoría de alta peligrosidad, se abrieron paso a balazos para consumar la fuga más lespectacular de la historia los presos estaban en el módulo 1, en la parte posterior de la granja