Derechos Humanos

Derechos Humanos gy antonialjm ‘benpa,1R 10, 2016 13 pagcs Derechos humanos Este concepto hace relación a una serie de atributos, naturales, intrínsecos, de los seres humanos comunes en todos los hombres, inviolables inalienables e indivisibles y fundamentales como los son (derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad, al honor).

Esta concepción que como veremos más adelante, es la acogida en nuestro ordenamiento jurídico positivo, se inspira en uno de los postulados de la revolución francesa contenido en la » declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, del 26 e agosto de 1789 en la cual preconizaba la igualdad de todos los humanos fundamentada en el jusnaturalismo el cual es: » la corriente jurídico-filosófica que concibe al hombre dotado de derechos congénitos su eriores a la sociedad, que exalta a las personas humana y I sociedad. Cabe evocar que en avances experiment órdenes, la referida t to View nut*ge em ad suprema) de la los n todas las da en los atributos individuales de la persona humana, considerado sus derechos originarios o primarios (libertad, igualdad, honor).

Se ha extendido actualmente a otros derechos también protegidos onstitucionalmente como lo son (económicos, políticos, sociales, denominados por algunos «derechos de segunda

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generación» Derechos humanos en Venezuela La llegada de los españoles significo en Venezuela, al igual que en el resto del continente, un cambio violento que asentó nuevas prácticas, caracterizado por el ejercicio despótico del poder a través de un uso indiscriminado de la fuerza.

En nu Swlpe to vlew next page nuestro país, el proceso de la conquista estuvo marcado por hechos que claramente atentaban contra la dignidad de las personas y contra uno de los principios fundamentales de los erechos humanos: la igualdad o no discriminación. Los indígenas y los negros (en menor medida los blancos criollos), al ser considerados como seres inferiores, fueron objetos de terribles vejaciones que costaron numerosas vidas.

Igualmente se instaura la práctica de la esclavitud y se obligo a la población a aceptar la religión católica como la única verdadera. Posteriormente las ideas independentistas constituyeron un motor fundamental para la conquista de los derechos como: la libertad, la autodeterminación y la igualdad.

Las primeras rebeliones y movimientos organizados surgen a ediados del año 1700 y buscan no solo acabar con la opresión colonial, sino también hacer más justo el reparto de las riquezas e impedir que los españoles continuaran acumulando y saqueando los bienes del país Venezuela alcanza su independencia definitiva en 1821, luego de largos años de luchas sociales, políticas y miltares, los primeros esfuerzos estuvieron a cargo de Gual y España en 1797, movimiento considerado como el primero basado en raíces populares.

En 1811 se produce la declaración de la independencia, estas luchas no solo permitieron obtener la independencia política, sino que estuvieron acompañadas de ogros como la abolición de la esclavitud (1854) y de la pena de muerte (1863). También en 1870, se implanta la educación gratuita y generalizada en el país.

Más adelante, con el avance de la republica, se consolidan estructuras políticas que dieron origen a la democracia representativa y que no 2 3 se consolidan estructuras políticas que dieron origen a la democracia representativa y que no estaban exentas de importantes luchas por la libertad, el respeto a la disidencia y la pluralidad. Durante las dos dictaduras que afectaron a nuestro país en el siglo XX, importantes movimientos sociales levantaron a bandera a la libertad y el rechazo a la represión.

Ejemplo, la generación del 28 fue un movimiento estudiantil que se enfrento al régimen Gomecista sin apelar a la violencia. En el proceso de la conquista de los derechos económicos, sociales y culturales deben recordarse las huelgas petroleras de 1925 y 1936, las cuales exigían mejoras reivindicativas y sociales y movilizaron no solo a los propios trabajadores petroleros, sino a sus familiares, a la misma comunidad en la que estaban insertas y a otras organizaciones gremiales.

Ejemplo, la lucha por los derechos políticos, destaca el establecimiento del voto para las ujeres, 1947. El 23 de enero de 1958 una revuelta cívico-militar derroca el régimen del general marcos Pérez Jiménez, se inicia un periodo provisorio, presidido por una junta militar de gobierno. A los pocos dias de instaladas tanto la cámara de senado como diputados, en enero de 1959, acordaron cada uno designar una comlsión con la «misión de estudiar y redactar un nuevo proyecto de constitución».

Esta amplia el desarrollo de los derechos sociales, y crea todo un sistema programático de prestaciones del estado hacia el individuo y los grupos sociales. En materia de derechos políticos continua los principios imperantes sufragio niversal incluido el género femenino, el cual era directo, secreto y obligatorio, sin discriminación por analfabetis 3 el género femenino, el cual era directo, secreto y obligatorio, sin discriminación por analfabetismo.

Se establece el derecho o recurso de amparo como protección a los derechos indlviduales y consagra y regula el llamado habeas corpus, que es el amparo de la libertad contra detenciones ilegales mientras se dicta la ley general de amparo. Esta constitución sufrió dos enmiendas, una en 1973 y la otra diez años después. Los pueblos indígenas venezolanos históricamente discriminados abandonados obtuvieron una importante victoria en la preservación de sus derechos cuando un grupo en el estado amazonas, logro frenar la aplicación de una ley de división polltico-terntorial que desconocía su organizaclón natural.

El caso de la masacre de» el amparo» y los muertos ocurridos durante el «caracazo» de 1989 se mantuvieron durante largo tiempo en la conciencia de la población, gracias a la denuncia y presión de numerosos grupos de base y organizaciones de derechos humanos, quienes lograron llevar el caso a instancias internacionales y finalmente obtener una sentencia que econoce el crimen y obliga al gobierno venezolano a indemnizar a los familiares y a reparar los daños.

En cuanto a los derechos de los nlños, niñas y adolescentes, el 1 ero de junio de 2000 se aprobó la ley orgánica de protección del niño, niña y adolescente (LOPNA), elaborada con la participación activa de diversos organismos no gubernamentales y académicos, incluyendo a los propios niños(as) y la cual recoge el espíritu de la convención internacional de derechos del niño, resultando muy prometedora par la vigencia de los derechos de la infancia y adolescencia en nuestro país. En 1999 se aprobó, en pro 40F 13 vigencia de los derechos de la infancia y adolescencia en nuestro pa(s.

En 1999 se aprobó, en proceso constituyente una nueva constitución, contentiva de importantes disposiciones en materia de protección a los derechos humanos tanto civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Proceso Evolutivo de los Derechos Humanos en Venezuela En tal sentido, lo primero q hay que resaltar es que ha sido la postura jusnaturalista anteriormente expuesta, la asumida tradicionalmente por el legislativo patrio. En efecto, ya en los albores de nuestra independencia varias disposiciones laramente expresivas del reconocimiento de los derechos y garantías que son atributos inherentes a la persona humana.

Así pues, encontramos en el articulo 151 de este texto constitucional que la felicidad común es el objeto de la sociedad y es para asegurar esa felicidad al hombre, que han sido intuidos los gobiernos debiendo proteger » la mejora y perfección de sus facultades fisicas y morales» aumentar la » esfera de sus goces» y procurarle » el más justo y honesto ejercicio de sus derechos», y respecto a esos derechos los identifica en el articulo siguiente 1 52 como » la libertad, la igualdad, la propiedad y la seguridad».

Por otra parte, en la evolución constitucional venezolana encontramos signos inequívocos de que en nuestro país, Venezuela, mucho antes de que el tema de los derechos humanos fuese como sucede en la actualidad, de referencia obligatoria y de creación legislativa, aun en épocas difíciles incluso bajo régimen autoritarios, se dieron muestras de reconocimientos de los derechos esenciales del ser humano.

Así, sucede, en lo que respecta a los derechos a la vida y a s 3 derechos esenciales del ser humano. Así, sucede, en lo que respecta a los derechos a la vida y a la libertad, con el decreto de bolición de la pena de muerte dictado por José Tadeo Monagas en 1854 y 5 años más tarde, en 1854, en el gobierno de su hermano José Gregorio Monagas, se promulgo la ley de abolición de la esclavitud en todo nuestro territorio.

Otra manifestación de lo antes expuesto lo encontramos en la ley del 25 de mayo de 1850 sobre » disposiciones generales del código de tribunales» que consagra un esbozo del instituto del habess corpus, al establecer que » cuando cualquier funcionario público estuviere formando actuación criminal contra cualquier persona, o hubiese dictado decreto de prisión el interesado cualquiera a su nombre, puede recurrir a la corte superior respectiva por vía de amparo y protección, y está mandando a suspender el procedimiento, pedirá la actuación y en su visita, si lo encuentra de justicia podrá levantar la providencia opresiva» articulo 10; disponiéndose en el código orgánico de tribunales del 25 de mayo de 1857, que de tales asuntos conocería en segunda instancia la corte suprema de justicia (artículo 2, ordinal 12). Tras estas importantes referencias históricas sobre la regulación constitucional y legislativa de los derechos humanos en el pasado, hora queda examinar cual es el marco jurídico básico que actualmente rige la materia. Características 1 . Universales Los Derechos Humanos se aplican a todos los seres humanos sin importar edad, género, raza, religión, ideas, nacionalidad. Cada persona tiene la misma dignidad y nadie puede estar excluido o discrimado del disfrute de sus derechos. 2. Innatos: 3. Irrenunciabl 6 3 nadie puede estar excluido o discrimado del disfrute de sus derechos. 3. Irrenunciables: 4. Obligatorios: 5.

Inalienables: Su propio carácter de irrenunciables, los hace también intransmisibles a otra persona por venta, ni susceptibles e apropiación por parte del estado. Por ejemplo: nadie podría legalmente, ponerle precio a su libertad, y venderse a otra persona como esclavo. 6. Imprescriptibles: 7. Indivisibles: 8. Inviolables: SI fueran negados, destruidos o lesionados, seria un ataque a la dignidad humana. 9. Progresivos 10. Inherentes: Porque son innatos a todos los seres humanos sin distinción alguna, pues se asume que nacemos con ellos. Por tanto, estos derechos no dependen de un reconocimiento por parte del Estado 1 1 . Iguales y no discriminatorios: La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos umanos.

Esté presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohibe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y asi sucesivamente. El principio de la o discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el articulo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: Iodos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y dere Humanos: «Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos».

Clasificación Los Derechos Civiles: Son todos esos derechos que pertenecen a cada una de las personas que conforman la colectividad. Esta serie de derechos protegen y garantizan los la integridad física y moral de los ciudadanos, un ejemplo de estos derechos lo constituye: El derecho a La Libertad que tiene todo venezolano, y siendo esto sí, ningún ciudadano puede ser detenido o arrestado sin que el funcionario que lleve a cabo la detención tenga una orden judicial. Un ciudadano sólo puede ser detenido cuando sea sorprendido in fraganti (en el acto) por los funcionarios policiales. La Constitución de la República Bolivanana de Venezuela dedica el Capitulo III a este tipo de derechos, denominados Derechos Civiles.

Los Derechos Políticos: Son el conjunto de derechos que tienen los ciudadanos para manifestar su opinión con respecto a aspectos de orden político, como las Elecciones, que es una de las formas de participación de la Sociedad. La Constitución integra un nuevo elemento a este tipo de partlcpación, y esa Innovación se configuró en la institución del Referendo. La Participación es una forma de ejercicio de los derechos políticos, dicha participación puede darse a nivel municipal o nacional, lo importante de ella es que el Pueblo este inmers 13 que en las democracias no hay ningún tipo de sanción para con el ciudadano que no ejerza su derecho al voto, cosa contraria sucede en los regímenes dictatoriales.

Los demás aspectos considerados dentro de los derechos pollticos son la representación de instituciones que ya existían n las Constituciones anteriores, como por ejemplo el Asilo y el Refugio, y Venezuela acogió a millares de familias provenientes de Europa a ra[z de las Guerras Mundiales y de otros conflictos de orden político o social. Un hecho relevante dentro de los Derechos Polticos lo constituye La No Extradición de los venezolanos, establecido expresamente en el segundo pár afo del articulo 69 de la Constitución. Los medios efectivos de participación del Pueblo se ven configurados en: La Elección de Cargos Públicos, El Referendo, Las Consultas Populares, entre otros, esto desde el punto de vista oltica; puesto que desde el punto de vista económico y social también existen mecanismos efectivos de participación ciudadana como: Las Cooperativas, Las Instancias de Atención Ciudadana, entre otras.

Los Derechos Sociales y de Las Familias: Son el conjunto de derechos que tienen por objeto la regulación y protección de las instituciones propias del Derecho de Familia, a saber: La Familia, La Adopción, La Maternidad, El Matrimonio, Los Hijos, así como también todo lo referido a la Seguridad Social, la Salud, El rabajo, Los Salarios, y todo lo relacionado al desarrollo social de los iudadanos venezolanos. En la Constitución de 1999 se establece la protección de La Familia por parte del Estado, debido a la importancia de la misma dentro de La Sociedad como institución superior, ya que en su seno se a la importancia de la misma dentro de La Sociedad como institución superior, ya que en su seno se forma a los individuos de La Nación.

Dentro de la protección que se le brinda a la institución familiar se encuentra La Libertad que tienen los padres con respecto a la concepción de los hijos, y el compromiso del Estado al garantizar la Asistencia y Protección a la Maternidad. Se educe que la Constitución no admite el Aborto como forma de controlar la Natalidad, de hecho el Aborto está penalizado en el Código Penal. De la Institución de la Familia se derivan una serie de figuras jurídicas propias del Derecho de Familia, como el Matrimonio que la Constitución protege y lo establece como «‘monogémico», es decir entre un hombre u una mujer, y no entre personas del mismo sexo.

Sin duda, uno de los grandes logros e innovaciones de la Constitución se configura en el reconocimiento del «Concubinato», donde un hombre y una mujer conviven como pareja sin un acta de matrimonio. Los Derechos Culturales y Educativos: son el conjunto de normas que tienen por objeto la ratificación, garantización, acceso y protección de la Cultura, así como también del Sistema Educativo. La Constitución Nacional recalca algunos aspectos de la Cultura, entre los que se destacan: • La Libertad de Cultura, y dentro de esta un aspecto muy importante como lo es el reconocimiento por parte del Estado de la Propiedad Intelectual sobre las obras de diversa índole: científicas, literarias, artisticas, patentes, marcas, entre otras. • La difusión de la Cultura Venezolana a través de los Medios de Comunicación.