Derechos Humanos

Derechos Humanos gy jovitoacs7 (‘copan* 12, 2016 | pagos República bolivariana de Venezuela Ministerio del poder popular para la educación superior Coro – Edo – falcón Universidad de falcón (UDEFA) Derechos humanos ors to View nut*ge Participante; Jovito chirino CI;26266136 Punto fijo, febrero del 2016 Sistema de protección de los derechos humanos: En primer lugar tenemos que definir los Derechos Humanos como privilegios que de acuerdo con el derecho internacional, tiene la persona frente al Estado, para impedir que esta infiera n el ejercicio de ciertas libertades fundamentales, o para obtener de ese Estado la satisfacción de ciertas necesidades básicas inherentes a todo ser humano. Son principios universales reconocidos y garantizados constitucionalmente para asegurar a la persona su dignidad individual, social, material y espiritual.

Se puede afirmar que existen innumerables instrumentos y organizaciones, que constituyen el Sistema Internacional relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza; Declaración sobre la eliminación de la discriminación ontra la mujer; Declaración sobre los principios fundamentales relatlvos a la contribución de los medios de comunicación de masas al fortalecimiento de la paz y la comprensión internacional, a la promoción de los derechos humanos y a la lucha contra el racismo, el apartheid

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y la incitación a la guerra; Declaración sobre la Protección de todas las personas contra la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes; Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones orzadas; Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad; Convención sobre los derechos del Niño; Declaración de los derechos del Niño; Declaración sobre la utilización del progreso científico y tecnológico en interés de la paz y en beneficio de la humanidad Sistema Interamericano de Derechos Humanos El Sistema Interamericano de Derechos Humanos es un escenario regional constituido por los Estados que integran la Organización de Estados Americanos (OEA), cuya principal función es velar por l respeto, protección y realización de los derechos humanos en el continente americano. para ello, el Sistema Interamericano cuenta con dos instancias independientes y a su vez complementarias, estas son, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. a) La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante «la Comisión Interamericana» o la «CIDH»), organismo de naturaleza cuasi jurisdiccional cuya función primordial es promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en el hemisferio. nción primordial es promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en el hemisferio. b) La Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la «Corte Interamericana» o la «Corte IDH»), órgano de carácter judicial, al cual en ejercicio de su competencia contenciosa , le corresponde determinar la responsabilidad internacional de los Estados, mediante la aplicación e interpretación de la Convención Americana de Derechos Humanos y demás instrumentos interamericanos. Ante la Comisión , toda persona puede presentar peticiones o uejas individuales sobre violaciones a los derechos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos o en otros Instrumentos interamencanos .

Con posterioridad al conocimiento de la situación denunciada y si se da el cumplimiento de una serie de requisitos, entre ellos el haber agotado previamente los recursos internos disponibles, el caso se declara admisible y se examina si está o no comprometida la responsabilidad internacional del Estado, caso en el cual se produce un Informe con Recomendaciones, y eventualmente en aso de incumplimiento de aquellas el caso puede ser sometido a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En esta presentación, abordaremos de manera concisa los casos más representativos que son litigados actualmente por el Colectivo ante el SIDH, respecto de los cuales haremos una clasificación metodológica, teniendo como criterios diferenciadores, el contexto en que ocurrió cada caso, el tipo de derechos violados en perjuicio de las víctimas y sus familiares, así como las consecuencias particulares que se derivan de dichas violaciones. 31_1f3