Clasificación De Los Hechos Jurídicos

Clasificación De Los Hechos Jurídicos gy luisatIores26 Ocopa» II, 2016 | pagos Clasificación de los hechos jurídicos 18 de diciembre de 2013 Publicado por Hilda Los hechos jurídicos son aquellos que tienen consecuencias en el ámbito del Derecho, y podemos clasificarlos de acuerdo a diferentes criterios: 1 . Según su agente productor: Naturales: cuando son obra de la naturaleza, como un rayo, el granizo o un terremoto, que para ser jurídicos tienen que engendrar algún derecho u obligación, como en el caso de un auto deteriorado por el granizo cuyo dueño contrató un seguro ue cubre ese riesgo.

También el hombre puede actuar como agente natural sin participación de su voluntad, y no acarrear por ello consecuencias jurídicas or e’em lo uien comete un daño estando bajo los efec hecho natural, pero Humanos: cuando so voluntad no viciada. denominación de act org bra d este caso es un humano con oluntarios reciben la omo por ejemplo un contrato; o ilícitos, como robar, estafar o matar. 2.

Segun necesiten para concretarse uno o más sucesos: Simples: Cuando sólo necesitan un acontecimiento, por ejemplo la muerte o el nacimiento de alguien, para generar en el primer aso derechos sucesorios, o en el segundo, la patria

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potestad. Complejos: cuando se necesitan más de un suceso, por ejemplo, para que se adquiera la posesión se necesita el corpus y el animus. 3. Según si consisten en una acción o en una omisión se clasifican posi Swlpe to vlew nexr page Positivos: por ejemplo: matar a alguien requiere un hacer Negativos: el abandono de persona requiere un omitir. . Segun se necesite un solo suceso o varios, pero que ocurran en un solo momento, o se necesite que se sucedan los hechos en el tiempo, se clasifican en: Simultaneas: ocurre en un solo lapso temporal, por ejemplo, un homicidio Sucesivos: por ejemplo, en el caso del agravante que prevé el art[culo 142 del Código Penal argentino, para quien privare a otro de su libertad por más de un mes, supone que el hecho de privar de la libertad se extiende en el tiempo. . De acuerdo a las consecuencias previstas por la ley, podemos dividirlos en: Extintivos: ejemplo, el pago da por terminada la obligación Constitutivos: el contrato hace nacer una obligación Impeditivos: Obstaculizan al nacimiento de los derechos u bligaciones: por ejemplo, un vicio de la voluntad que hace anulable el acto. La declaración de voluntad 26 de diciembre de 2013 Publicado por Hilda La voluntad se refiere a lo que quiere o desea una persona.

En los actos jurídicos es absolutamente necesario que el acto realizado sea querido por ella y no realizado por error, dolo o violencia. pero con querer no alcanza, pues para que los terceros conozcan ese deseo, debe expresarse, ya sea en forma verbal (por palabras habladas que si bien es válido presenta dificultades probatorias), or escrito, por signos inequ(vocos o tácitamente, que es el caso por ejemplo, de que un heredero no ha aceptado la herencia en forma expresa pero vende algún bien del acervo sucesorio.

Actos re aceptado la herencia en forma expresa pero vende algún bien del acervo sucesorio. Actos reales Reales Se relaciona con la entrega o tradición de la cosa. La entrega consiste en traspaso material de la cosa de una persona a otra, en cambio, la tradición es el traspaso material de la cosa con el ánimo de transferir el dominio, por eso la tradición es un modo e adquirir el dominio.

Abstenciones en ciencia política, es el acto por el cual un potencial votante en unas elecciones decide no ejercer su derecho al voto, ya sea en unas elecciones generales o si, en un procedimiento parlamentario, el representante está presente en la votación pero no vota. En ambos casos, el sujeto se atiene al resultado del voto de los electores que sí votaron, al igual que ocurre con el voto en blanco. EL HECHO LICITO Es una actuación culposa que causa daños, no tolerada ni consentida por el ordenamiento jurídico positivo.

Esta actuación puede ser positiva o negativa según el agente causante del daño, desarrollado en un hacer o no hacer. El carácter de ilicitud es fundamental para la determinación del hecho ilícito. Constituye el hecho ilícito uno de los más importantes capítulos de la responsabilidad civil extracontractual. Ocurre el hecho ilícito cuando una persona, denominada agente, causa por su culpa un daño a otra, denomlnada la victima, violando conductas o normas de conductas preexistentes, supuestas y tuteladas por el ordenamiento jurídico positivo. 31_1f3