Articulo 76 y 78 constitución de costa rica

Objetivo General Analizar y comprender la constitución política de la nación, para crecer cada día más como ciudadanos en este país soberano, lleno de art[culos los cuales por ley nos conceden libertades, garantías entre otro montón de beneficios y deberes para con el estado plasmados en este documento que nos rige llamado Constitución Política. Objetivo Especifico Enfatizar en las leyes sobre la educación y cultura que rigen este país, sobresaliendo el hecho de procurar preservar la entidad nacional con su cultu ors pars donde se cambi to View nut*ge

Introducción icas de nuestro En este pequeño y muy breve escrito enfocándose en algunos artículos de nuestra constitución política de interés cultural, en los cuales se menciona el interés del estado por que mantengamos nuestro enriquecimiento global en cuanto a cultura y bienestar social, dándonos la oportunidad de vivir en un estado libre en el cual se nos brindan todas las herramientas para en un momento dado de nuestras vidas ya debidamente preparados estemos listos para un sistema laboral al cual no nos sintamos inseguros por que el estado ya no preparo. Desarrollo Artículo 76. El español es el idioma oficial de la Nación. No obstante, el Estado velará por el mantenimiento

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y cultivo de las lenguas indíeenas nacionales. una total inmersión de este idioma (aunque sea una variante del idioma presente de nuestros colonizadores, pero es nuestra lengua materna), pero aun así el estado conservara y defenderá la prevalencia de los idlomas nativos de nuestro país anteriores a la colonización (antes de que se nos implantara la lengua española), de esta manera se cuida y defiende la cultura indígena de la cual odemos aprender mucho sobre el pasado de esta nación por medio de su lenguaje.

Artículo 78. – La educación preescolar y la general básica son obligatorias. Estas y la educación diversificada en el sistema público son gratuitas y costeadas por la Nación. En la educación estatal, Incluida la superior, el gasto público no será inferior al seis por ciento (6%) anual del producto interno bruto, de acuerdo con la ley, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 84 y 85 de esta Constitución. El Estado facilitará la prosecución de estudios superiores a uienes carezcan de recursos pecuniarios.

La adjudicación de las becas y los auxilios estará a cargo del Ministerio del ramo, por medio del organismo que determine la ley. (Así reformado por Ley No. 7676 del 23 de julio de 1997. ) – Este articulo nos menciona que los inicios de nuestra educación en el kínder, posteriormente la primaria (10, 20, 30,4c, 5, 60 Grado) son inexcusables el no recibirlas. También nos dice que las anteriores y el colegio (refiriéndose a entidades públicas) son libres de pagos por lo tanto son proporcionadas por el estado.

Se dice que en la Educación a nivel Universitario y Superior, el financiamiento del estado para e dice que en la Educación a nivel Universitario y Superior, el financiamiento del estado para este sector no será menor al 6% por año de la producción de bienes del país (Producto Interno Bruto = PIB) – El país fomentara la educación superior por medio de becas y ayudas económicas a todo ciudadano que no esté en una situación económica suficiente como para poder proseguir sus estudios avanzados.

La entrega de estas la llevara a cargo el Ministerio del sector correspondiente por medio de la entidad que determinen las leyes del estado. Conclusión En definitiva y retóricamente concluyendo, la idea de crear, editar y culminar este trabajo (claro esta no es solo por los puntos) es el dominio de nuestra constitución política, porque entre más las conozcamos mejores ciudadanos seremos y también sabremos cuando se estén violando nuestros derechos o nosotros estemos incurriendo en el cumplimiento de nuestros deberes para el estado.

Ya que no solo el estado es el que tiene toda la carga, también otros con nuestra cultura y educación. Y todo empieza desde que entramos a primaria y concluimos nuestros estudios primarios y diversificados y continuos cuando alcanzamos una mayoría de edad y ganamos nuestra ciudadanía con la cual ya tendremos el derecho y el deber para con el país de ejercer el sufragio. Pero todo esto depende de que tanto aprovechemos y gocemos de las garantías que nos da el estado y para saberlas y conocer de ella no más basta con leer la constitución Política de nuestro País. 31_1f3